Derecho de Familia
Régimen de visitas: derechos y obligaciones
18 de octubre de 2025 · 4 min
El nuevo Código habla de régimen de comunicación. Es un derecho/deber: garantiza el contacto del hijo con el progenitor no conviviente.
Puede acordarse extrajudicialmente y luego homologarse, o establecerse judicialmente cuando no hay acuerdo.
Si se incumple, se puede pedir su ejecución, sanciones conminatorias (astreintes) e incluso modificación del cuidado personal en casos graves.
